El Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego adhirió a las disposiciones que establece el DNU presidencial, a partir del cual se flexibilizan algunas restricciones derivadas de la pandemia de coronavirus, que entran en vigencia este viernes 1° de octubre.
A través de la Resolución 1296/21 del Ministerio de Salud fueguino, estas son las disposiciones vigentes hasta el 31 de diciembre de 2021 en toda la provincia:
Deja de ser obligatorio el uso obligatorio de tapaboca o barbijo al aire libre cuando no haya aglomerado de personas. Se amplía el aforo del 100% en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención.
Se amplía la actividad de los salones de eventos, de fiesta, quinchos y afines, pudiendo realizar eventos con bailes. Los concurrentes deberán contar con esquema de vacunación completo 14 días previos al evento o primera dosis aplicada más test diagnóstico por PCR o antígenos negativos realizado dentro de las 48 horas previas al evento.
Se permitirán las reuniones sociales en domicilio sin límites de personas cumpliendo las medidas de prevención.
Se autorizan las discotecas con aforo del 50%, siempre que permita mantener la distancia social. Los concurrentes deben acreditar esquema completo de vacuna (14 días previos al evento). Se habilitan los eventos masivos de más de MIL (1000) personas, con aforo del 50%.
En estos eventos, los que se realicen en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada y deberán requerir a las personas que concurran, que cuenten con esquema completo de vacunación de 14 días antes del evento, o al menos una dosis de vacunas más test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas.
Los que se realicen en espacios al aire libre podrán utilizar, como máximo el 50% de la capacidad autorizada y deberán requerir a las personas concurrentes mayores de 18 años que cuenten con, al menos, una dosis de vacuna aplicada, como mínimo, con una antelación de 14 días antes del evento.
Están permitidos los viajes de jubilados y jubiladas, egresados y egresadas y de estudiantes. Se deja sin efecto en toda la provincia la limitación horaria de circulación y de cierre de kioscos, locales gastronómicos, bares y afines.
Deja de ser obligatoria la presentación de protocolos particulares para las Obras Privadas y Obras Públicas. En todos los casos se deberá dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios vigentes.
ADEMÁS EL DNU ESTABLECE QUE:
Se elimina el aislamiento a argentinos, residentes y extranjeros que vengan por trabajo y estén autorizados por la autoridad migratoria.
Se autoriza el ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento y la apertura de fronteras terrestres a pedido de gobernadores.
PARA TURISTAS Y VIAJEROS EXTRANJEROS EL DNU ESTABLECE QUE DESDE EL 1 DE NOVIEMBRE SE LES SOLICITARA PARA INGRESAR AL PAIS:
Esquema de vacunación completo, con al menos 14 días de aplicación.
Test de PCR negativo en las 72 horas previas al embarque, o antígeno en el punto de ingreso hasta que defina la autoridad sanitaria.
Test de PCR al día 5 a 7 del arribo.
Aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo incluyendo los menores deberán realizar cuarentena, test de antígeno al ingreso, y test de PCR al día 7. Al momento de alcanzar el 50% de la población completamente vacunada: se dejará de realizar test de antígeno al ingreso (salvo los no vacunados) y PCR al día 5-7.